Verificados como han sido los requisitos establecidos en la norma adjetiva penal para que proceda la Suspensión Condicional del Proceso, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 42 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso en la presente causa instruida al ciudadano: José Gregorio Sandoval Vargas: venezolano, Titular de la cédula de identidad número 15.703.007, Fecha de Nacimiento: 14 ? 11 ? 1982, de 23 años de edad, Profesión u oficio: desempleado, natural de Churuguara, estado civil: soltero, bachiller, residenciado en Urbanización los Medanos, casa número 4, calle bolívar, diagonal al quinder "las tunitas; hijo (a) de José Nicolás Sandoval Chirinos y Coromoto Alejandrina de Sandoval. En consecuencia, se SUSPENDE CONDICI.....