Así se decide.
Por lo antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, extensión Punto Fijo, del Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE. UNICO: De conformidad con lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 176 del Código Orgánico Procesal que rige esta materia, se convoca a todas las partes para el día lunes, 26-03-2012 a las 09:00 de la mañana, para que se lleve a efecto una audiencia especial y subsanar el error material (involuntario), de la pena impuesta al ciudadano acusado de autos, que se refleja en la dispositiva del acto judicial llevado a cabo en fecha20-03-212. ASÍ SE DECIDE. Publíquese, registrase y librase las correspondientes boletas de notificación a las partes.