En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan los extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUPLETORIO de propiedad, a favor del ciudadano: JOSE CARLOS CORONEL CHIRINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-27.942.224, domiciliado en el Callejón Progreso, casa N° 26, entre calle Alí Primera, Barrio Cruz Verde, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón; sobre una bienhechuría que tiene un área de.....