En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de CUSTODIA, interpuesta por el ciudadano JAVIER DAVID GARCIA NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.296.835, representado por la Fiscal Octava del Ministerio Público, abogada Nellys Puerta Reyes, en contra de la ciudadana YULY NOREIBA MOLINA SEMECO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.199.225, con relación a las niñas XXXXX, en consecuencia, las niñas XXXXX antes mencionadas deberán convivir con el ciudadano JAVIER DAVID GARCIA NAVARRO, tal como lo han venido haciendo actualmente, ya que así lo ordena el artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protecci.....