Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: la imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas de libertad al ciudadano FRANCISCO JOSE PEROZO, C.I 17.309.156, de 25 años de edad, nacido en fecha 03-02-81, de profesión AYUDANTE DE ALBAÑILERIA, hijo de NERY PEROZO Y FRANCISCO PEROZO, domiciliado en LA CALLE PRINCIPAL DEL BARRIO LA CHINITA, CASA N° 66, A CUATRO CASAS DE LA BODEGA LOS PEROZOS, PUNTO FIJO, ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMAS DE FUEGO; las cuales consistirán en la prohibición de portar armas de fuego y la presentación por ante este tribunal una vez cada 15 días a partir de la presente fecha de lunes a viernes en horario comprendido de 8:30 de la mañana hasta l.....