Este Tribunal segundo en función de control de la Sección Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de Santa Ana de Coro, del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA, PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la causa penal seguida en contra del adolescente: PEDRO RAFAEL ZAVALA MIRELES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad 20.786.094, de 17 años de edad, de profesión estudiante de la UNEFA, domiciliado en Valencia Central Tacarigua, Barrio Verdum, Calle Mariño, Casa Nº 14001, casa por el frente cerámica, en misma manzana de club social deportivo Verdum, Municipio Carlos Arvelo estado Carabobo, por su presunta participación, como autor, del delito de RIÑA COLECTIVA, tipificado en el artículo 425 del Código Penal Venezolano Vigente, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 318 ordinal 1 y 4, del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del articulo 537 de la Ley O.....