este Tribunal el ciudadano CARLOS EDUARDO QUERALES, venezolano, portador de la cédula de identidad N°: 22.253.578, no obstante, manifiesta el ciudadano Director del Internado Judicial de Coro que el ciudadano LUIS ARMANDO PIÑEIRO OCANDO no se encuentra en ese penal.
En tal sentido esta Juzgadora considera que a fin de garantizar los Derechos que pudieran verse trastocado, ordena oficiar al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales de la Zona Policial N° 2, a la a fin de que se sirva informar con extrema urgencia, si el ciudadano LUIS ARMANDO PIÑEIRO OCANDO, venezolano, portador de la cédula de identidad N°: 20.213.518, se encuentra recluido en ese centro policial y de ser positivo informar el motivo por el cual no cumplió con la orden emanada de este Tribunal Segundo de Control, de fecha 14 de mayo de 2011. Oficiar a la Presidencia del Circuito de la mencionada situación. Regístrese, notifíquese, en consecuencia.