Como consecuencia de lo antes motivado y suficientemente razonado, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley. PRIMERO: Declara. CULPABLE al acusado: ALEXIS JUNIOR CARRASQUERO BRACHO, venezolano, natural de Punto Fijo, estado Falcón, nacido en fecha 02-11-90, de 20 años de edad, cédula de identidad No 23.586.264, (no la porta), estado civil: soltero, de oficio obrero, domiciliado en calle Altamira, casa s/n, diagonal a la Pescadería Punto Azul, sector Creolandia, de Punto Fijo, hijo de Eglis Bracho y Alexis Carrasquero, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277, Del Código Penal, y se le Condena a cumplir la pena de DOS (02) AÑO DE PRISIÓN. Se fija como fecha Provisional para la Culminación de la Condena el día 02-11-2011, sin perjuicio del cómputo de pena que efectuará el Tribunal .....