En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la REGULACIÓN DE COMPETENCIA, formulada por la abogada Roraima Bermúdez González, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil RAPIDMEX, C.A., surgida con motivo del juicio de NULIDAD DE ACTAS DE ASAMBLEAS, seguido por el ciudadano MICHELE GUERRA DE FRENZA contra la sociedad de comercio RAPIDMEX, COMPAÑÍA ANÓNIMA.
SEGUNDO: COMPETENTE al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSTIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN TUCACAS, para seguir conociendo del presente juicio de NULIDAD DE ACTAS DE ASAMBLEAS, seguido por el ciudadano MICHELE GUERRA DE FRENZA contra la sociedad de comercio RAPIDMEX, COMPAÑÍA ANÓNIMA.
TERCER.....