Por las motivaciones precedentemente señaladas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial penal del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Acuerda: PRIMERO: La apertura del Juicio Oral y Público al acusado LEANDRO ANTONIO SALAS VILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.802.888, domiciliado en el Barrio San José, Calle principal, casa sin número, al lado del ambulatorio médico cubano, familia Villalobos, Coro, Estado Falcón, a quien imputa la comisión del delito de Distribución menor de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el tráfico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano.