Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos MARIBEL JOSEFINA MEDINA y YOEL NICOLAS PEÑA LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros: V-9.924.548 y V-7.499.451, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Coro; Estado Falcón, debidamente asistidos por el abogado Williams Roberto Mora Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.992, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha cinco (05) de Agosto de 1.982, por ante la jefatura Civil de la Parroquia de Pueblo Nuevo, del Distrito Falcón, hoy Municipio Falcón del Estado Falcón. Asimismo, déjese copia certificada de esta decisión para el archivo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado firmado y sel.....