Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO CHIRINO BRACHO y GLORIA JOSEFINA MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros: V-15.704.613 y V-9.502.819, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Coro, Estado Falcón, debidamente asistidos por la abogada Janet Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.827, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 07 de febrero de 2001, por ante la primera autoridad Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón. Asimismo, déjese copia certificada de esta decisión para el archivo.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado firmado y sellado, en la Sala del despacho del Juzgado Primero del Municip.....