DISPOSITIVA
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Punto Fijo, DECRETA: PRIMERO: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano CARLOS LUIS GUANIPA PALENCIA, por la presunta comisión de los delitos de EXTORSION, previsto y sancionado en el articulo en el Articulo 16, contra la Ley y Secuestro y Extorsión, USO DE DOCUMENTO FALSOS, previsto y sancionado en el articulo 319 del Código Penal, CAMBIO ILÍCITO DE PLACA, previsto y sancionado en el Articulo 8 de la ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, ello por estar llenos los extremos exigidos por el artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena la tramitación de la presente causa a través del procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se decreta la Flagrancia de conformidad con .....