Por todo lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: a los ciudadanos CARLOS DAVID SANCHEZ Y ALVIN RAFAEL CURIEL, la medida Judicial Privativa de Libertad de conformidad con lo previsto en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión de los delitos ROBO AGRAVADO DE VEHICULO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN , previsto en el artículo 5 y 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo automotores en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el art. 277 del Código Penal Venezolano así como el delito de LESIONES PERSONALES LEVES en grado de complicidad correspectiva articulo 416 del Código Penal en concordancia con el articulo 424 del mismo texto sustantivo, .....