Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por el ciudadano LEVIS JOSÉ BRACHO ZAVALA, mediante apoderado judicial, contra e la Sociedad Mercantil HOTEL SUN WAY C.A., suficientemente identificados en el texto del presente fallo, por el transcurso de más de un año sin actividad procesal de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 2676, primer aparte del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
Déjese copia certificada de la presente sentencia en el copiador de sentencias del Tribunal.
Publíquese, regístrese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de.....