Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del asunto seguido contra los Ciudadanos: Juan Ramón Jimenez, Luis Alberto Colina y Argenis Ramón Leal con motivo de la presunta comisión del delito de Violación previsto y sancionado en el articulo 380 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Ciudadano: José de los Santos Barrientos y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
ABG:GLORIA MARIA VARGAS VARGAS
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. WLADIMIR SALOM
SECRETARIO DE SALA