DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda lo siguiente: PRIMERO: Declara LIBERTAD PLENA, se ordena la prosecución del presente asunto por la vía del Procedimiento Ordinario, de conformidad con el articulo 373 ejusdem; SEGUNDO: Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Publíquese, Regístrese, Diarícese y remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público en su oportunidad legal. Déjese copia certificada de la presente decisión. Es todo. Cúmplase
El Juez Segundo de Control.
Abg. Arnaldo Osorio Petit
El Secretario
Abg. Carlos Guillen