Por todos los argumentos y consideraciones explanadas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: Con lugar las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público en contra del imputados Edbar Jesús Primera Navas, y Ornaldo Rafael González Ramones, arriba bien identificados, por estimar que el mismo se encuentra incurso en la comisión del delito de Cierre de Vías en Grado de Cooperador, previsto y sancionado en el artículo 357 ambos del Código Pena, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3ª del COPP, consistente en la obligación de presentarse Cada Cuarenta y Cinco Dias la oficina de Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal, contados a partir del lunes 03 de Noviembre de 2008, así mismo de conformidad con lo establecido en e.....