Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: La Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano: Edirme Gregorio Hernández, Venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Personal número V- 13.901.960 y domiciliado en Chivacoa, Urbanización San Antonio, calle Principal, casa N°30, Estado Yaracuy, por encontrarse incurso en la comisión de los delitos de Aprovechamiento de Vehículo Proveniente de Hurto o Robo, previsto y sancionado en el artículo 09 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego, Porte Ilícito de Municiones de Arma de Fuego, Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delito y Uso indebido de Uniformes, previstos y sancionados en los artículos 277, 470 y 214 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en los ar.....