Por todos los razonamiento anteriores este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE LA COMUNIDAD CONCUBINRIA, solicitada por la ciudadana IRMA JOSEFINA MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.093.647, con domicilio en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, debidamente asistida por la Abogado MIGGLENIS CAROLINA ORTIZ EGURROLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 126.932, por lo que declara que la accionante era la Concubina del Decujus FREDDY RAFAEL SALAS, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-3.360.341, de conformidad con el artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con e.....