En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECRETA de conformidad con lo establecido en el articulo 46, del Código Orgánico Procesal Penal reformado, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del imputado JOSE GREGORIO POLANCO LEJED, venezolano, nacido en fecha 28-05-66, de 45 años, cédula de identidad No. 9.585.253, estado civil: divorciado, grado de instrucción: cuarto año de bachillerato, domiciliado en la calle Girardot Nº 43, entre calles Uruguay y Chile de Punto fijo, estado Falcón, hijo de Jesús Polanco y Nora Tejed, Teléfono: 0269-2470598, por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y Sancionado en el artículo 153 de la ley Orgánica de drogas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, por el cu.....