Por todos los argumentos y consideraciones explanadas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: Con lugar las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público en contra del imputado Narciso José Petit Blanco, arriba bien identificado, por estimar que el mismo se encuentra incurso en la comisión del delito Tentativa de Hurto, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano Julio Cesar Durán, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3ª del COPP, consistente en la presentación Todos los Primeros días lunes de cada mes, contados a partir del viernes lunes 14 de Julio de 2008 ante la oficina de Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal, asimismo de conformidad con lo establecido en el art.....