este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, NIEGA, por improcedente el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, solicitada por el defensor del penado: FIDEL RAMÓN GÓMEZ, Venezolano, mayor de edad, de 40 años, nacido el 23-3-1968, en Coro, estado Falcón, soltero, residenciado en sector Cadafe, calle aeropuerto, casa s/n, Dabajuro - estado- Falcón y se identifica con cédula 12.736.822, quien fue sentenciado a cumplir la pena de cuatro (4) años y ocho (8) meses de prisión, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley especial de Drogas, ello por no cumplir de forma concurrente con los requisitos establecidos en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal.