este Tribunal de Ejecución Sección Adolescente en nombre de la Republica bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena se ratifique la orden de captura al Adolescente YORBIS ANTONIO NAVAS PIÑA, venezolano, nacido en fecha 19/11/1980, titular de la cédula de identidad N° V-19.448.998, ya que el sancionado no esta ubicable; a quien se le sigue Asunto N° IY01-D-2000-000002, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y FALSEDAD DE DOCUMENTOS Y OTROS SEMEJANTES, todo de conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, así mismo se ordena que una vez capturado sea conducido a la comandancia General de la Policía de este de esta localidad a la orden de este Juzgado a los fines de este despacho resolver su situación Procesal En consecuencia Líbrense la respectiva orden sus oficios A los cuerpos de seguridad de este estado y del estado Zulia, así como la inclusión del Joven ya adulto al SIPOOL Cú.....