En virtud de lo antes expuesto, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE el Reclamo de Ejecución interpuesto por la parte demandante ciudadano Abg. MANUEL URBINA VILLAVICENCIO, inscrito en el IPSA, bajo el No. 60.195, actuando con el carácter de acreditado en autos, mediante escrito de fecha 24 de Noviembre de 2025.
SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE la Oposición formulada por la contraparte ciudadano Abg. VICTOR GRATEROL, inscrito en el IPSA, bajo el No. 68.730, mediante escrito de fecha 28 de Noviembre de 2025.
TERCERO: Se ORDENA la reanudación inmediata de la práctica de la Medida de Secuestro sobre el inmueble objeto de partición, ratificándose la plena vigencia del decreto cautelar de fecha 05 de Agosto de 2025.
CUARTO: Se ORDENA EL DESGLOSE, de las.....