Por todo lo ante expuesto éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara al imputado: Wilmer Antonio Mejias, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-16.653.312, nacido en fecha 09-06-1980, hijo de María Eugenia Mejias y José Briceño, residenciado en el Sector Creolandia, calle Libertad N°23, Punto Fijo Estado Falcón; por la presunta comisión del delito de Lesiones Genéricas, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano; en perjuicio de la ciudadana María Rosario Peralta; La Libertad y le impone las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad; establecidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal referente a los ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada 15 días por ante este tribunal; y la prohibición de acercarse a la victima y a sus familiares. Se ordena la.....