IV
DISPOSITIVA
Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: a tenor de lo pautado en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, Decreta la extinción penal y por ende el Sobreseimiento de la presente causa, que se instruye a la ciudadana MARIA MENDOZA GARCIA, venezolana, natural de Portuguesa, de 32 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Mesonera, portadora de la cédula de identidad Nro. 5.944.353 y residenciada en la Calle Ovispo, casa Nro. 11, Nuevo Pueblo Estado Falcón y EDY RAAMONA MENDOZA GARCIA, venezolana, natural de Portuguesa, mayor de edad, de oficio Mesonera, portadora de la cédula de identidad Nro. 7.543.040 y residenciada en la dirección antes mencionada, .....