DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de control Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve, PRIMERO: Se acuerda imponerle a la ciudadana MADGLENE YOHANNY VASQUES COLINA, por el delito de FORJAMIENTO DE DOCUMENTOS, de conformidad con el artículo 319 del código penal, la medida cautelar establecida en el numeral 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada 15 días, por ante este Circuito Penal SEGUNDO: Se ofició al organismo aprehensor de la decisión. TERCERO: Se Libró la respectiva boleta de libertad. Se acuerda la aplicación del procedimiento Ordinario. Se hace constar que se le informó a las parte que la presente decisión se publicaría como efectivamente se publicó dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la audiencia de presentación, motivo por la cual no se libran boleta de Notificación de la publicación. Remítase la causa a la .....