Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente acción; y para el afianzamiento de la obligación de manutención, esta juzgadora toma en cuenta la situación económica por la que atraviesa el país en estos momento, que ha influido notablemente en el nivel de vida de las personas, y fija como monto de la Obligación de Manutención la suma correspondiente al TREINTA POR CIENTO (30 %) del sueldo mensual que devengue el obligado, ciudadano JOSÉ JESUS CAYAMA LEAL, y que este debe suministrar en forma mensual, siendo la fecha de cumpliendo los cinco (05) primeros días de cada mes; igualmente se fija una suma igual a la establecida del TREINTA POR CIENTO (30%) adicional, que debe ser pagadera en la primera quincena del mes de septiembre de cada año, para cubrir los gastos escolares de la niña y por último se fija l.....