De conformidad a los previsto en el Artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena la apertura del Juicio Oral y Público contra el acusado: Ewar Rafael Bolívar García, de nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 15-04-1974, cédula de identidad 12.030.669, natural de Valencia, domiciliado en Calle Arismendi entre Brasil y Perú casa número 13-11, Punto Fijo estado Falcón, nombre de sus padres: Eunice García y Críspulo Bolívar, ocupación mecánico, grado de instrucción bachiller por la presunta comisión de los delitos de: ROBO GENERICO Y LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionados en los Artículos 457 y 417 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio del ciudadano: Lorenzo Jesús Boscán Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.415.495. Se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (05) dias, siguientes a su notificación concurran ante el Juez de Juicio respectivo. Se ordena la remisión del presente asun.....