ESTE TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Decreta: PRIMERO: con lugar la solicitud Fiscal, en relación a la adolescente imputada ELISETH MARIA VERIS GARCIA plenamente identificada en actas, medida cautelar prevista en el articulo 582 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACENTES Y PSICOTRÓPICAS establecido en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se decreta el procedimiento ordinario. Tercero: Se ordena librar boleta de encarcelación. Líbrese oficio a la Comandancia de la Policía a los fines de informar que la adolescente imputada cumplirá con la medida de detención domiciliaria en la siguiente dirección: en la Urbanización cruz verde sector 05 vereda 04, casa Nº 11 de color verde, Municipio Miranda, del estado Falcón la cual estará bajo la .....