este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de DECLARTIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA solicitada por la ciudadana MARIA NICOLASA GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nro. V-1.417.055, domiciliada en Caujarao, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón, y en consecuencia; SE DECLARA de conformidad con lo previsto en el articulo 77 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 767 del Código de Procedimiento Civil, el Reconocimiento de la Unión concubinaria entre la Ciudadana MARIA NICOLASA GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nro. V-1.417.055, domiciliada en Caujarao, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Fal.....