En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR CADUCIDAD el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el ciudadano DIEGO NEPTALI LEAL MARTINEZ, titular de la cédula de identidad número V-9.503.750, asistida por la abogada MARIA ALEJANDRA QUINTERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 172.336, contra la DIRECCIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO FALCÓN.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en Santa Ana de Coro, a los cinco (05) días del mes de diciembre de 2016, A.....