En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ORDENA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN, acordada en fecha 6 de septiembre de 2.007, a favor del ciudadano UALID SALAD EL HINAWI, ampliamente identificados en el expediente, y a su grupo familiar, toda vez que ha desaparecido el motivo que dio lugar a su protección, todo de conformidad con el artículo 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales.
Regístrese, déjese copia, se ordena librar oficio a las Fuerzas Armadas Policiales del estado Falcón, a los fines de que cese la protección policial brindada y se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalía Superior a los fines de su archivo. Notifíquese.