este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, NIEGA, la fórmula anticipada de cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO, solicitada por la defensa judicial del penado DANNY JOSÉ CARREÑO AVILA, Venezolano, mayor de edad, nacido el 22-12-1987, de 21 años, soltero, albañil, residenciado en el barrio 23 de enero, parte baja, pasaje Colombia Cruz de la Misión, calle 10, número 4° 38° San Cristóbal, estado Táchira y titular de la cédula de identidad V-20.551.459, quien fue sentenciado a cumplir la pena de seis (6) años de prisión, por la comisión de los delitos de Robo Agravado Frustrado previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 80 del Código Penal, ello por no cumplir de forma concurrente con los requisitos establecidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, así como las exigencias del artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario.