Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Control Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda remitir oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines de excluir del sistema computarizado al ciudadano OMAR AMADO LEAL CASTRO, quien es venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 8.406.880 y domiciliado en Tía Juana, Estado Zulia, por el expediente B-324.951, por ABIGEATO, todo a los fines de resguardar la garantía Constitucional relacionada con el Derecho al Trabajo. Líbrese el respectivo oficio y remítase copia de la presente decisión. Notifíquese. Cúmplase.
EL JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. SATURNO RAMIREZ ZORRILLA
LA SECRETARIA,
ABG. JUANITA SANCHEZ RODRIGUEZ