este TRIBUNAL TERCERO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL ESTADO FALCÓN, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el Articulo 242 numeral 3, que consiste en, al imputado KERWIN DANIEL COLINA TOYO. SEGUNDO: Se acoge la precalificación Fiscal el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO previsto y sancionado en el articulo 405 y 406, ordinal 1° del código penal y articulo de 83 del código penal, TERCERO: Se Decreta el Procedimiento Ordinario de Conformidad con el artículo 373 del Decreto Con Rango Valor y Fuerza de Ley de Código Orgánico Procesal Penal y la Aprehensión en Flagrancia de conformidad con el artículo 234 eiusdem. CUARTO: Sin Lugar la solicitud de Libertad.....