Este Juzgado Segundo (2°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del tercero beneficiario, entidad de trabajo MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY DE VENEZUELA, C.A., identificada a los autos, contra la decisión de fecha siete (07) de febrero de 2025 dictada por el Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se declaró CON LUGAR la demanda de Nulidad de Actos Administrativos de Efectos Particulares en forma de homologación de transacción identificada a los autos, interpuesta por el ciudadano ALEXANDER VEGA PAREDES identificado a los autos, y dictada por la Inspectoría del Trabajo Sede Miranda Este, dictada en fecha 18 de mayo de 2023, en el expediente administrativo Nº 027-2023-03-01130. SEGUNDO.- DESISTIDA LA APELACION interpuesta por .....