DISPOSITIVA.
En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE REVISIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana DAMELIS GREGORIA MARIN YBAÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.028.111, madre del adolescente XXXXXXXXXX, en contra del ciudadano JOSÉ GABRIEL FERRER GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.472.322. En consecuencia, se fija una Obligación de Manutención para el demandado, ciudadano JOSÉ DE JESÚS FERRER GÓMEZ, a favor del referido adolescente, por la cantidad equivalente al treinta por ciento (30%), del sueldo mensual .....