Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del éste Circuito Judicial Penal, con fundamento a su libre convicción, basadas en las reglas de la lógica, y máximas de experiencia, cumplidas las formalidades de ley, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION interpuesta por la Fiscalía 4° del Ministerio Público en contra de ciudadano RUBEN DARIO ALVARADO MEDINA, venezolano, mayor de edad, soltero, cedula de identidad V- 17.103.718, ocupación computación, residenciado el en el Sector la Sabana, calle Bolívar entre marino, casa S/N, color blanca, Churuguara Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano YOBANIS RAFAEL MARCHAN JIMENEZ. SEGUNDO: Se admiten por legales, líci.....