PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano JOSÉ DE LA CRUZ SERRANO UZCATEGUI, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.058.568, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha 10 de febrero 2017, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, mediante la cual se declaró INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional incoada. SEGUNDO: Se confirma la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. TERCERO: Ofíciese al Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial a fin de informarle de la presente decisión. CUARTO: Se ordena el Archivo definitivo del presente expediente una vez quede firme la presente decisión. ASI SE DECIDE.