Por todos los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el presente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la precalificación solicitada por la representación del Ministerio Público ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente concatenada con el artículo 259 en su primer aparte ejusdem, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el desarme y control de armas y municiones, concatenado con el 277 del Código Penal y SUSTRACCIÓN DE ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 272 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente.
SEGUNDO: Se impone al ciudadano CARLOS ELIAS REYES CASTILLO, la Medida cautelar sustitutiva a la Libertad, establecida en .....