QUINTO: En conclusión a la ciudadana LOURDES MARIA VILLASMIL, quien resulto vencida en el juicio a que se contrae el expediente número 9265, le fueron garantizados los derechos al debido proceso, el derecho a la defensa, e igualdad de las partes, consagrados en la Carta Magna durante todos los estados del juicio, de tal manera que lucen desfasados y contrarios a la conducta que deben asumir las partes durante los estados y etapas del proceso, (ver artículos 17, 170, y 171 del Código de Procedimiento Civil), los señalamientos contenidos en el extemporáneo escrito presentado con la asistencia de la Doctora REINA GUTIERREZ, el día veintiocho (28) de mayo de dos mil doce (2012).
EL JUEZ TEMPORAL:
ABG. EDUARDO YUGURI PRIMERA.
LA SECRETARIA TIT:
ABG. DENNY CUELLO.
NOTA: En la misma fecha se publico la an.....