este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público del estado Falcón, Abg. LANDO AMADO, con fundamento en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal y se RATIFICA Orden de Aprehensión y a la vez rectificando el error cometido y se libra en contra de los ciudadanos: JESUS RAFAEL CONDE LUGO, titular de la cédula de identidad Nº V-18.889.045 y LUIS ALBERTO CONDE LUGO, titular de la cédula Nro. V-15.312.592, por estimar que se encuentran incursos en la comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio de JESUS MARIA RODRIGUEZ ARAPE, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, quien una vez aprehendido debe.....