NO SE ADMITEN COMO PRUEBA DOCUMENTALES EL ACTA POLICIAL, de fecha 05-02-2015, suscrita por los funcionarios OFICIAL PADRON ALFREDO, OFICIAL MEDINA RUBEN, OFICIAL JOSE LUNA, OFICIAL EURO CANTOR, adscritos al Centro de coordinación policial Bolivariana de carirubana del Estado Falcón y la COPIA CERTIFICADA DEL LIBRO DIARIO DE NOVEDADES, de fecha 06-02-2015 del Centro de coordinación policial Bolivariana de carirubana del Estado Falcón con sede en Punto Fijo con sede en Punto Fijo, por cuanto no llenan los extremos del articulo 322 del Código Orgánico Procesal Penal.
TESTIMONIALES DEFENSA PRIVADA
10) SE ADMITEN LA Declaración de los ciudadanos; YOLEIDI JOSEFINA ALVAREZ BRACHO, Titular de la cedula de identidad Nº 20.254.410, FELIX JOAO AGRELA DA SILVA, Titular de la cedula de identidad Nº E- 81.080.356, RICHAR EDUARDO ECHEVERRIA QUINTERO Titular de la cedula de identidad Nº 21.074.477, JESUS ALBERTO JIMENEZ Titular de la cedula de identidad Nº 16.437.168, CARMEN GARCES Titular de l.....