En consecuencia, esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara DESISTIDA LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana ELBA LUISA MEDINA IRAOLA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.495.795, en su condición de madre del ciudadano IBRAHÍN IRAOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.557.731, contra el Fiscal Primero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial por privación ilegítima de la libertad del ciudadano Ibrahín Iraola, quedando MODIFICADA la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal. Así se decide.
Publíquese y regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado. Remítase el expediente.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Corte de Apelaciones, a los 7 días el mes de agosto del dos mil tres. Años: 193º de la Independencia y 144º de la Fed.....