Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: SIN LUGAR la solicitud interpuesta la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Falcón, mediante la cual pone a disposición de este despacho al ciudadano Gerardo José Jiménez, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº 20.213.486, nacido en fecha 18-05-1988, Venezolano, Mayor de edad, Natural de Santa Ana de Coro, Estado Falcón, Profesión u Oficio Lavador de Automóviles, con Sexto grado de instrucción; domiciliado en Sector Barrialito, casa No. 31, de color azul y anaranjado, como a 5 casas del Auto-lavado el Pulpo, Cumarebo, Municipio Zamora, y se le impone de la Medida Cautelar prevista en el numeral 3° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación Todos l.....