En cuanto a la Pensión de Alimentos y Régimen de Visitas se regirá por las cláusulas expresadas por ellos en su escrito, es decir: El Padre aportará la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) MENSUALES. Cifra esta que será incrementada en base a los índices inflacionarios del Banco Central de Venezuela. Así como también sufragara con los gastos de vestuario, medicinas, educación, útiles escolares y otros similares que requiera para su completo y cabal desarrollo en el entendido de que ambos padres según lo dispuesto en las leyes que rigen la materia, les corresponde conjuntamente la obligación de educar, mantener y asistir a su menor hijo.. En cuanto al Régimen de Visitas, El padre tendrá un régimen de visitas. cuantas veces este lo desee, en el entendido, que esta visita será en un horario diurno y que no perturbe el descanso y el horario de tareas del niño, en cuanto a las vacaciones, El padre puede pasar una semana con el referido hijo, siempre y cuando la madre de su c.....