Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad que le confiere la Ley: Acuerda: DECLARAR CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el Defensor Público Penal del acusado ALESZANDRES AÁLVAREZ SIERRALTA y, en consecuencia, REVOCA LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS para ser incorporadas por su lectura relativas al Acta Policial que contiene los Registros Policiales del acusado, así como la declaración rendida por éste ante el Juzgado de Control durante la celebración de la Audiencia de Presentación, por no estar enmarcadas dentro de los supuestos previstos en el artículos 339 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes. Líbrense boletas de notificación.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, en Santa Ana de Coro a los 07 días del mes de OCTUBRE de 2003. Años 192° y 144°.
POR LA CORTE DE APELACIONES
RANGEL.....