Este TRIBUNAL DE LOS MUNICIPIOS ACOSTA, SAN FRANCISCO, JACURA Y CACIQUE MANAURE, CON COMPETENCIA EN LAJURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SERVICIOS PÚBLICOS) DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en atención a lo solicitado, declara a las ciudadanas GLORIMAR OLIVERA QUINTERO y MARÍA QUINTERO SUAREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V¬-20.213.667 y 13.026.751, domiciliadas en el sector Nuevo Yaracal II, Yaracal, Municipio Cacique Manaure del Estado Falcón, como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano Gregorio Maximiliano Olivera Coronel, quien era titular de la cédula de identidad número V-5.927.896 y falleció Ab-intestato el día 02 de junio de 2013, en el Hospital "Dr. Lino Arévalo", Tucacas, Estado Falcón. En atención a pedimento expreso de la interesada manifest.....